Hay una serie de actualizaciones importantes para compartir sobre la respuesta de nuestra Conferencia Anual California-Pacífico al COVID-19.
Aquí es donde nos encontramos:
Con la decisión de la Corte Suprema de que las iglesias pueden abrir con restricciones estatales, del condado y de la ciudad, el Gabinete está proporcionando a nuestras iglesias locales en California un proceso por el cual se puede llevar a cabo una adoración en interiores limitada.
Estamos en un momento en el que tenemos que adaptarnos rápidamente a nuestro constante cambio; nuestro camino seguirá siendo ajustado a la luz de las circunstancias. Hacemos esto para cumplir nuestra misión de todas las maneras que podamos sin hacer algún daño.
El proceso tiene en cuenta que el fallo de la Corte Suprema calificó estas aperturas sobre la base de las últimas actualizaciones de salud de las autoridades locales. Esto significa que no se permite cantar y la asistencia debe limitarse de acuerdo al nivel de contagio dónde se encuentra cada Iglesia en la Guía de Estado de California:
Amplia (púrpura)
- Interior con modificaciones: 6 pies de distancia y Sin entonar cantos o cantar
- Las actividades en interiores deben limitarse al 25% de la capacidad
Sustancial (rojo)
- Interior con modificaciones: 6 pies de distancia y Sin entonar cantos o cantar
- Las actividades en interiores deben limitarse al 25% de la capacidad
Moderado (naranja)
- Interior con modificaciones: 6 pies de distancia y Sin entonar cantos o cantar
- Las actividades en interiores deben limitarse al 50% de la capacidad
Mínimo (amarillo)
- Interior con modificaciones: 6 pies de distancia y Sin entonar cantos o cantar
- Las actividades en interiores deben limitarse al 50% de la capacidad
El proceso también tiene en cuenta que más de nuestros ancianos y funcionarios de salud médica están siendo vacunados, y si usted se encuentra en esta categoría, puede asistir a eventos de la iglesia bajo techo con los mismos protocolos mencionados anteriormente. La seguridad de una persona contra el COVID-19 aumenta con ambas vacunas, y estamos agradecidos por aquellos que ya las han recibido.
El proceso para poder llevar a tener servicios limitados de adoración en interiores es el siguiente:
- Obtener permiso del Pastor designado
- Obtener permiso del Concilio de la Iglesia o equivalente, y
- Obtener permiso del Superintendente de Distrito
Recuerden que debemos tomar estas decisiones desde una perspectiva de fe, lo que significa que, esto no se trata tanto de los derechos personales como de la máxima seguridad de aquellos a quienes usted ama y cuida. Antes de tomar cualquier acción en la iglesia local, pido que el clero, el liderazgo laico y la amorosa comunidad de la iglesia se detengan y se pregunten: “Si sólo una persona en nuestra congregación contrae el virus a través de un servicio o evento de adoración, ¿vale la pena abrirlo?”
Tal pregunta sólo puede ser respondida con profunda oración y discernimiento. La instrucción clave de John Wesley de “No hagas daño”, debe tomarse en serio, y confío en que cada iglesia local pueda responder a eso por sí misma.
No todos se sentirán cómodos volviendo a la adoración pública, y esto significa que nuestros clérigos y líderes de la iglesia harán el doble de trabajo proporcionando adoración en línea y en persona. Este es un elemento adicional que espero que todos nuestros laicos e iglesias consideren. Nuestro clero se ha agotado tratando de proporcionar un nuevo formato en línea para nuestras iglesias, y pedirles que lo dupliquen tendrá un costo cada vez mayor. Por favor, oren profundamente sobre esta carga de trabajo adicional que está pidiendo a su clérigo.
La paciencia es una virtud, y lo más prudente es pedirla en este momento. La esperanza del Gabinete es que todos recordemos pedirle a Dios la paciencia para soportar mientras oramos por todos estos temas importantes.
Sé la Esperanza,
Obispo Grant J. Hagiya
Obispo Residente del Área de Los Ángeles